Para el ejercicio de la abogacía es obligatoria la colegiación en un Colegio de Abogados, salvo en los casos determinados expresamente por la Ley o por el Estatuto General de la Abogacía. Bastará la incorporación a un solo Colegio, será el del domicilio profesional único o principal, para ejercer en todo el territorio del Estado (art. 11 del Estatuto General de la Abogacía).
Colegiarse en el Ilustre Colegio de Abogados es muy fácil y solo consta de dos pasos:
Elige la modalidad como se quiera colegiar y preparare la documentación correspondiente.
Realiza la solicitud según las modalidades.
Desde el ICA Lucena ponemos a tu disposición diferentes modalidades de colegiación diseñadas para satisfacer tus necesidades y objetivos como profesional del derecho.
Esta documentación solo deberá presentarse por el interesado en el caso de que vaya a ejercer la profesión de abogacía por cuenta propia (autónomo):
Esta documentación solo deberá presentarse por el interesado en el caso de que vaya a ejercer la profesión de abogacía por cuenta ajena (como trabajador en un despacho o empresa):
Esta documentación solo deberá presentarse por el interesado la primera vez que proceda a darse de alta en el colegio (por tanto, quedan excluidas las reincorporaciones de antiguos colegiados):
Esta documentación solo deberá presentarse por el interesado la primera vez que proceda a cambiar su situación de NO EJERCIENTE a EJERCIENTE:
CUOTAS | ||
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Cuota de Incorporación | 290,00 € | |
Cuota única del Consejo General de la Abogacía Española | 165,95 € | |
Cuota semestral del seguro de responsabilidad civil | 105,30 € | |
Cuota ordinaria MENSUAL | Hasta 1 año | 10,00 € |
De 1 a 10 años | 15,00 € | |
Más 10 años o reincorporación al ICA | 20,00 € |
Esta documentación solo deberá presentarse por el interesado la primera vez que proceda a darse de alta en el colegio (por tanto, quedan excluidas las reincorporaciones de antiguos colegiados):
Esta documentación solo deberá presentarse por el interesado la primera vez que proceda a cambiar su situación de NO EJERCIENTE a EJERCIENTE:
Esta documentación solo deberá presentarse por el interesado cuando, estando colegiado como EJERCIENTE RESIDENTE en otro colegio, desee colegiarse en el ICA como EJERCIENTE NO RESIDENTE. Para ello:
CUOTAS | |
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Cuota de Incorporación | 290,00 € |
Cuota ordinaria TRIMESTRAL | 45,00 € |
Esta documentación solo deberá presentarse por el interesado la primera vez que proceda a darse de alta en el colegio (por tanto, quedan excluidas las reincorporaciones de antiguos colegiados):
Esta documentación solo deberá presentarse por el interesado cuando, estando colegiado como EJERCIENTE RESIDENTE en otro colegio, desee colegiarse en el ICA como NO EJERCIENTE. Para ello:
CUOTAS | ||
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Cuota de Incorporación | 100,00 € | |
Cuota ordinaria CUATRIMESTRAL | 40,00 € | |
Cuota única del Consejo General de la Abogacía Española SOLO EN CASO DE NUEVA ALTA (no es reicorporación) | 101,58 € |
¡Prepárate para dar el siguiente paso hacia tu futuro!
Estas son nuestras opciones para presentar tu solicitud y abrir las puertas hacia la abogacía.
Solicitud online mediante la cumplimentación y envío del siguiente formulario:
Acudiendo a la sede colegial en horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
Mediante correo certificado con acuse de recibo o mensajería dirigida al Ilustre Colegio de Abogados de Lucena, sito en C/ El Agua, 15 – 14900 Lucena (Córdoba).
Abogacía de Lucena